jueves, 7 de mayo de 2015

BYOD

No cabe duda que el acceso a internet a través de dispositivos no sólo está a la orden del día, sino que está en constante auge. Es por ello que si pretendemos acercar nuestro centro educativo a la realidad social, este debe ser un aspecto clave a tratar.
El modelo BYOD (Bring Your Own Device, en castellano, trae tu propio dispositivo) propone una interesante posibilidad de explorar la tecnología en las aulas de manera natural, como un medio más.
Para regular las normas de organización y funcionamiento de estos dispositivos móviles en un centro educativo y concretamente en el aula, vamos a formular una serie de reglas generales que se han de cumplir.


Con respecto a la red del centro:
- No utilizar la red para algún aspecto no educativo, ya que tiene un ancho de banda limitado.
- No descargar programas sin la autorización pertinente ni usar programas de descarga, pues limitan mucho el tráfico.

En cuanto a los dispositivos móviles:
-Los dispositivos que se podrán traer previa autorización del equipo directivo y para realizar actividades debidamente programadas.
-Comprometerse, tanto alumnado como familias, a ser vigilitantes con lo que se publica y a hacer un uso razonable y educativo de dichos dispositivos.

- Es obligatorio utilizar la red wifi del centro, estando prohibido conectarse a través de redes 3G o 4G, para así regular y vigilar las páginas visitadas, puesto que la red del centro tiene limitado el acceso a según que tipo de páginas.


Con respecto a las RRSS también hay que regular una serie de aspectos:
- Existirán unos perfiles oficiales del centro en Facebook y Twitter, desde los que se darán las informaciones pertinentes.
- No publicar fotografías o vídeos sin el consentimiento adecuado, según lo regulado en la LOPD.
- Durante el horario lectivo las RRSS se utilizarán para fines puramente educativos.

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